A partir del 01/04/2019 todos los contribuyentes sea cual fuere su categoría y a quienes les facturen, deben emitir comprobantes electrónicos respetando el mismo tipo de comprobante que ya venían emitiendo (si emitían recibos deben continuar con recibos electrónicamente y si emitían facturas deben continuar emitiendo facturas electrónicamente).
Cómo empezar:
Hay varios pasos a efectuar dentro de la página de Afip (recuerden contar con su cuit y clave fiscal); de no poseer ya el servicio de “administración de puntos de venta y domicilio” deben bajarlo desde la página. Luego agregar un nuevo punto de venta y habilitar el sistema de “comprobantes en línea”; una vez realizados estos trámites ya están en condiciones de ingresar al servicio “comprobantes en línea” completando ciertos datos adicionales como fecha de inicio de actividad y el n* de inscripción o informar exento cuando pide datos de ingresos brutos.
Luego pueden comenzar a emitir sus comprobantes:
- Generar comprobante: elegir el tipo de comprobante a emitir: factura o recibo (recuerden que una vez que seleccionan un sistema deben continuar con el mismo)
- Indicar la fecha del comprobante y seleccionar “servicios”;
- Datos del cliente: condición ante el iva y el cuit, cuil, cdi, dni. Siendo comprobantes menores a $5.000,- no es necesario identificar al cliente, pueden seleccionaren identificación “-“ y no completar ningún otro dato del encabezamiento del documento.
- Para el caso que les pidan que sean identificados solicitar : cuit/cuil/cdi/dni; el sistema automáticamente mostrará los datos personales y domicilio y deberán agregar el mail del cliente.
- Luego solicita completar si es contado o cuenta corriente, tarjeta, etc
- Se completa el cuerpo del mismo como lo hacen habitualmente y completan el importe.
- Antes de finalizar la próxima pantalla muestra un detalle de los datos ingresados para que los puedan revisar; luego se confirma la operación y surge un aviso de imprimir.
- Imprimir: al seleccionar se genera un archivo en pdf que pueden enviar por mail a sus clientes o bien imprimir.
Para el caso que excedan el tiempo de permanencia en la página y la misma se cierre, los datos ingresados antes de confirmar la finalización de la factura se pierden, no quedan guardados debiendo iniciar nuevamente la carga de datos.
En caso de equivocación el documento se anula emitiendo una nota de crédito, siguiendo los mismos pasos descriptos.
En cuanto a la obligación de aceptar medios de pago electrónicos según disponen las resoluciones de afip, existen opciones de posnet para monotributistas que son menos costosas. Desde el consejo de ciencias económicas han efectuado diversos reclamos a la Afip para que se excluya a los profesionales de esta obligación, sin respuesta aún; mientras tanto pueden también seguir aceptando como medio de pago las transferencias bancarias.
Novedades:
Recuerden tener actualizados sus datos en afip informando el domicilio fiscal electrónico y teléfono celular.
Próxima recategorización Afip : periodo facturado 01/07/2018 a 30/06/2019 vence el 20/07/2019.
Ante cualquier duda solicitar turno para atención vía mail a: asesoramientocontableapba@gmail.cominformando en el asunto su apellido, nro de socio y el tipo de consulta (alta punto de venta; emisión de factura, recategorización, deudas)
Atte
Asesoramiento contable.