Frente a la resolución del Ministerio de Educación de la Nación que confunde respecto de la capacidad del ejercicio profesional de los psicólogos, la FEPRA ha implementado el plan de lucha cuya transcripción se adjunta.
1:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 5 de Julio de 2018
Sr./Sra.
Presidente
COLEGIO/ASOCIACIÓN
Presente
Por la presente damos a conocer uno de los mandatos de la Asamblea Extraordinaria realizada el día 30/06/2018 en la sede de la FePRA.
Habiendo tratado el punto 2 del Orden del Día: Análisis de la Resolución Nº 1254/18 MEN sobre actividades reservadas y ratificación del plan de acción, se informa que por decisión unánime se ha ratificado el Plan de acción llevado adelante por la Federación.
Asimismo al momento de proponer cómo se continuaría con las acciones iniciadas, la Asamblea de Delegados decidió:
- Una vez agotada la vía administrativa se pase a la vía judicial.
- Conformar una comisión de tratamiento del tema que elabore un comunicado acerca de los términos utilizados en la resolución, y de las solicitudes realizadas ante el Ministerio de Educación,
- Cuando el MEN conteste el recurso administrativo, se continuará con la presentación de una acción declarativa de certeza.
- Convocar a una reunión ampliada de delegados para el 13 y 14/07 en la sede de la Federación
Por la presente, ratificamos la CONVOCATORIA a Reunión Ampliada a los delegados de cada entidad para constituir una mesa de trabajo para el tratamiento de la Resolución Nº 1254-2018 MEN
Fecha: viernes 13/07 y sábado 14/07
(Viernes de 11 a 18 horas, sábado de 9 a 16 horas)
Lugar: Azcuénaga 767, 3er. Piso, C.A.B.A.
Por el contenido del trabajo a realizar, queda a criterio de cada institución quién concurrirá en representación de la entidad (delegado natural, titular, suplente) con la debida carta de presentación correspondiente. Asimismo, se abre la posibilidad de que cada Colegio/Asociación remita el documento del trabajo realizado, de no ser posible su concurrencia a la reunión, requiriendo que esos escritos sean enviados hasta el 13/07 para su lectura y consideración.
La Junta Ejecutiva de FePRA se comprometió a enviar la documentación con la que cuenta para el análisis, discusión y elaboración del documento.
Solicitamos a las entidades que han hecho presentaciones ante organismos provinciales o nacionales que hagan llegar copia de los mismos a la Federación para poder socializarlas. Contamos con la Acción Declarativa de Certeza presentada por el Colegio Profesional de Psicólogos de Córdoba. Ha sido leída en la Asamblea la presentación del Colegio de Psicólogos de la Provincia de Santa Fe 2da. Circunscripción ante el Defensor del Pueblo.
La lectura de la Resolución Nº 1254 cuenta en su parte inicial entre los Considerandos, una larga lista de Resoluciones y Acuerdos Plenarios, del MEN, CU y CIN. Será necesario dar lectura de esas resoluciones y acuerdos.
Esperamos el momento de trabajo conjunto mientras adjuntamos alguna documentación.
Sin otro particular, saludamos a Ud. Muy atentamente
Ana María Delgado
Presidente
José Alberto Muñoz
Secretario General
2:
FEDERACIÓN DE PSICÓLOGOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Informe de reunión en el Ministerio de Educación sobre
Resolución Nº 1254- actividades reservadas
El día 12 de julio de 2018 la FePRA ha sido convocada por el Ministerio de Educación para participar de una reunión de comisión especial siguiendo el Art. 3º del Acuerdo Plenario Nº 158 del Consejo de Universidades con el objetivo de establecer un diálogo con los Consejos y Federaciones profesionales destinado a aclarar las terminologías utilizadas en las resoluciones así como las atribuciones de los distintos cuerpos.
Por la FePRA ha participado en su representación la presidente Lic. Ana María Delgado. La convocatoria reunió a representantes, delegados y autoridades de distintos Colegios, Consejos y Federaciones de distintas disciplinas y carreras universitarias, afectadas en las actividades reservadas al título según la Resolución N º 1254/18 MEN.
La coordinación estuvo a cargo del Dr. Pablo Falcón de la Secretaría de Políticas Universitarias y el Dr. Mena en representación del CRUP, quien se hizo presente, sin contar con la autoridad designada por el CIN quien no pudo asistir.
A partir de la presentación de cada entidad se ha reiterado de parte de cada una, la falta de convocatoria previa para trabajar este tema, la falta de respuesta de parte del Ministerio a las solicitudes formales para abordar distintos aspectos pertinentes.
La FePRA fue una de las primeras organizaciones que interpuso Recurso de Reconsideración y se observó que otras entidades hicieron lo propio, llegándose a un consenso de amplia mayoría de pedido de suspensión o dejar sin efecto la norma.
Explicitadas las funciones del Consejo de Universidades y la relación con el CIN y el CRUP, queda confirmado que los alcances de títulos no han sido modificados, que los mismos son resorte de cada unidad académica, y que lo expuesto en la resolución cuestionada es el resultado de un proceso que se inició en 2012 con la mayoría de las carreras, en las que se dio cumplimiento para incorporar a las carreras al artículo 43º de la LES, y redefinir las actividades reservadas al título sobre las que el estado debe regular en función del deber que guía por el interés público.
Asimismo, queda dicho que no se cuestiona la autonomía universitaria, tampoco se cuestiona la autonomía de cada provincia en lo concerniente a las leyes de ejercicio profesional. Pero sigue siendo confuso el planteo del representante del CRUP al querer distinguir que el Consejo de Universidades interviene en la formulación de las actividades reservadas al título, sin por ello tener injerencia o influencia alguna en el ejercicio profesional.
La FePRA unida a otras entidades profesionales presentes, puso de relieve la relación de los alcances de título, las actividades reservadas al título y el ejercicio profesional, siendo que este último se ha visto y se verá afectado si la norma sigue siendo elaborada sin la consulta con las entidades creadas por ley para el control de la matrícula, del ejercicio y de la ética profesional, aportando ejemplos de que estos cambios en la letra de la norma, afectan la habilitación para el ejercicio tal como se venía realizando.
No solo será necesario revisar y consensuar el significado de los términos en los que se redacta la resolución, en base a dar cumplimiento a la LES, y en particular su artículo 43º, habida cuenta de la opacidad de su texto, sino que FePRA ha solicitado que se pueda trabajar en conjunto sobre el concepto de salud, para todas las carreras comprendidas, así como, la definición del concepto de riesgo, riesgo directo y en relación a cada una de las dimensiones previstas.
Se ha informado que el CIN convocará a la comisión de trabajo por cada “familia” profesional, y que la fecha asignada para Psicología será el jueves 9 de Agosto de 2018, a la que la FePRA asistirá.
Ana María Delgado
Presidente FePRA
Asimismo aprovechamos la ocasión para recordar que la reunión de delegados (natural y/o titular o suplente) para tratar este tema será el sábado 4 de Agosto en la sede de FePRA, de 9 a16 horas.