Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 30 de Mayo del 2018
Sr. Director Nacional
De Salud Mental de la Nación,
Lic. Luciano Grasso.
S / D
De nuestra mayor consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a usted a efecto de remitirle formal respuesta a la iniciativa formulada por su Dirección y comunicada el día 7 de mayo, respecto de un anteproyecto de ley de modificación de la Ley 23227de Ejercicio Profesional del Psicólogo.
El análisis del instrumento fue llevado a cabo por nuestra institución y los Colegios y Asociaciones de base que la conforman el día 25 de mayo pasado en el marco de una reunión ampliada.
En primer lugar, sostenemos que la redacción del artículo 1° tiene un error manifiesto, ya que la ley vigente actualmente y que se pretende reformar, es para regular el ejercicio profesional en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ya que el resto de las provincias tenemos regulaciones propias, debido a que la materia en cuestión es de competencia reservada a las provincias y estas no han delegado facultad alguna a la Nación, conforme al artículo 121 de la Constitución de la Nación Argentina, que dice: “Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno federal, y el que expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación”.
En consecuencia, entendemos que la institución que debe participar del proceso de discusión es la Asociación de Psicólogos de Buenos Aires, ya que sobre ellos recaería la posible modificación, descontando desde ya su aporte a la regulación del ejercicio profesional como lo vienen haciendo desde su creación en el año 1962.
Amén de este tema central respecto de la modificación, entendemos que hay elementos importantes que desean ser incorporados a la Ley, como es el caso de conducir y dirigir no sólo servicios de salud mental y adicciones, sino de servicios de salud, como así también aspectos que, a nuestro entender y proceder requieren más discusión. Es una muy buena intención adecuar la Ley Nacional con las prerrogativas que emanan de la Ley Nacional de Salud Mental, como así también la modificación del artículo 5.
Sin embargo, respecto del articulado que tiene que ver con especialidades, en esta Federación venimos realizando desde hace 4 años un proceso para lograr la homologación de las especialidades profesionales que son entregadas por los distintos Colegios, para que los y las colegas tengan un pleno reconocimiento de su especialidad entre las provincias que homologuen. Consideramos en este tema en particular, que no se avanzó con la discusión que se venía manteniendo hasta el año pasado con instituciones formativas y autoridades del Ministerio de Salud de la Nación, espacio que resulta necesario para confluir en propuestas adecuadas para el ejercicio profesional y para resguardar la salud de la población.
Sin más, nos despedimos de usted, quedando a su disposición
Jose Alberto Muñoz Ana Maria Delgado
Secretario General Presidente FePRA