ACTA REUNION COMISION DE SALUD MENTAL
CABA, 14 Y 15 DE SEPTIEMBRE DE 2018 (3er reunión 2018)
Encontrándose presentes loa siguientes profesionales, Fiamma Méndez por la Provincia de Santa Fé, segunda circunscripción, Sergio Viudes por la Provincia de Misiones, Maira Puppo por la Provincia de Chaco, Nora Galan por la Provincia de Córdoba, Mónica Solsi, Por la Provincia de Neuquén, Roxana Del Castillo por Santiago del Estero, y Ana María Delgado por FePRA, y el día Sábado Jorge Garaventa por APBA, concluyen y acuerdan en los siguientes puntos en con relación al orden del día:
Observatorio de salud mental. Convenio UNMDP:
Ana María comenta, con relación a lo que ha tomado conocimiento de la posibilidad del observatorio, que por una parte existe un desgaste institucional en la UNMDP, y, por otra parte, actualmente no se ha podido conformar el equipo de trabajo para el observatorio; visto esta situación, se solicitará respuesta formal por parte de FePRA a la UNIVERSIDAD para ver viabilidad de implementación, pos revisión de convenio, establecimiento de cronograma de trabajo incluyendo participación de FePRA, entre otros puntos en caso de continuidad; o bien caída de la propuesta de trabajo y reinicio de la misma con otro socio institucional. En caso de no obtener respuesta favorable, entre las opciones Nora plantea la existencia de áreas de la universidad Nacional de Córdoba (Facultad de Ciencias Sociales) con las que se podría trabajar una propuesta de observatorio;
Actualización de la información sobre órganos de revisión provinciales
Se socializa aspectos vinculados al informe de la gestión 2017 del ORN; se plantea la necesidad de volver a actualizar el informe realizado por la CSM durante 2017, pero de manera más desagregada al anterior.
En función de este objetivo, se trabajara mediante un documento de elaboración colectiva que permita tomar conocimiento no solo sobre el estado de los ORL sino también sobre los procesos involucrados, ya sea para su creación, ya sea sobre sus acciones en el caso de que existieran.
El desarrollo de esta herramienta será entre septiembre /mediados de noviembre, y el cierre será en el período de diciembre; con relación a la implementación, se procederá a:
a- Envío por correo generalizado desde FePRA a los colegios
b- Distribución entre los integrantes de la Comisión de las Provincias para que cada uno gestione se complete el relevamiento propuesto durante el primer trimestre del año;
c-Procesar los resultados para disponerlos a más tardar en el mes de Marzo de 2019;
Monitoreo de la implementación de la Ley de Nacional de Salud Mental
Se propone incluir dentro del relevamiento citado en el punto anterior aspectos vinculados a la ley a ser trabajados en la producción colectiva; procurando contemplar dimensiones del relevamiento realizado en el año 2014 (Ana María dispondría de la documental a la comisión; documental que en 2014 fue un aporte de la Comisión de legislación a la Comisión de Salud Mental, y con lo cual ésta se fundó e inicio actividades).
Análisis de documentos de la Dirección Nacional de Salud Mental
Documento: Lineamientos para la atención de urgencias en salud mental
Análisis:
En la introducción se parte de una cita que es de la “Guía de intervención mh GAP para los trastornos mentales, neurológicos y por uso de sustancias en el nivel de atención de la salud no especializada. Ediciones de la OMS Panamá, 2010”, con lo cual el punto de partida del documento trae a primer plano el termino TRANSTORNOS MENTALES, lo cual hubiese sido deseable incorporar en otro espacio, reforzando el concepto de PADECIMIENTO MENTAL promovido por la LEY nacional 26.657;
En el modelo de atención propuesto, plantea “La modalidad de abordaje planteada desde este marco de atención se basa en una red de servicios de salud mental territoriales que incluyen entre otros a los Centros de Salud, los Hospitales Generales, los Centros de Integración Comunitaria y otras instituciones polivalentes (primer y segundo nivel de atención). Esta red formal de servicios trabaja junto a las redes informales de la comunidad” (pág. 7), a lo cual se abre la pregunta EN TORNO A LA CONTRADICCIÓN de plantear una intervención pensada desde equipos integrales de salud al tiempo QUE SE DESMANTELAN los equipos de salud MENTAL en diferentes provincias;
En el punto 6 “Estrategias terapéuticas inmediatas”, plantea con relación al abordaje psicosocial / Psicoterapéutico “De igual manera rescatar los aspectos sanos de la persona tendiendo a su autonomía y autovalimiento” (pág. 18), la idea de “aspectos sanos”, si bien se entiende vulgarmente, en un documento de tales características no debiera de figurar, ya que da cuenta de que, por oposición, claramente otros aspectos son Enfermos;
En el desarrollo de “internación Involuntaria”, se plantea que cuando no sea posible el consentimiento y ante urgencia se procederá a la misma dado que se debe “teniendo [tener] en cuenta que el bien superior es cuidar la vida por sobre el bien de la libertad.”; (SIC.)
Finalmente: LA LEY NACIONAL DE SALUD MENTAL no es mencionada de manera correcta en todo el cuerpo del texto, es citada incorrectamente en las notas al pie y solo es citada de manera completa en las referencias; mientras que los “Principios para la protección de los enfermos mentales y el mejoramiento de la atención de la salud mental” son citados reiteradas veces;
De hecho, las notas al pie, por su forma de construcción (número de la ley, articulo, y luego el desarrollo por ejemplo de otra ley, articulo o inciso en la misma cita da lugar a confusiones; v.g.: “Ley 26.657 art 7 Inc. j, art. 10 y 23. Principios para la protección de los enfermos mentales y el mejoramiento de la atención de la salud mental: Ppio 11. punto 8 y 9.”)
Finalmente, teniendo conocimiento de las versiones anteriores del mismo documento, resalta que esta nueva edición no aporta mayores novedades y actualizaciones y hasta incluye algunos errores de formato como los citados.
Documento Plan Nacional de Salud Mental
El Plan Publicado es una copia del de 2013, no agrega nada, cambia la tapa y, si bien el plan indica (en 2013 y lo reproduce ahora), en el apartado “monitoreo y evaluación” (punto 11 página 41 -2013, ibidem 2018), “Duración del Plan: Desde la fecha de inicio del presente Plan, indicada en la Resolución del Ministerio de Salud de la Nación que será publicada en el Boletín Oficial, hasta el 31 de diciembre de 2020.”; ya que se hace un nuevo re-lanzamiento mínimo, después de 5 años, resulta GRAVE:
La no revisión del Plan en términos de un monitoreo intermedio, lo cual debiera ser un informe público parte del relanzamiento;
La reproducción punto por punto de todos los indicadores y metas, consecuencia del punto anterior;
Ante esto la CSM expresa su preocupación al conocer la difusión del Plan Nacional de Salud Mental como SI SE TRATARA de un nuevo lanzamiento, a 5 años del lanzamiento del plan en 2013, por cuanto el actualmente difundido no contiene ninguna modificación con relación al anterior, no presenta ningún monitoreo de medio término (contemplando que el plan tiene un período 2013-2020) y, en consecuencia, tampoco presenta revisión de metas de los indicadores, los cuales se reproducen sin modificación.
Acciones previstas por el día de la Salud Mental (10 de octubre)
Se acuerda proponer a todos los colegios que los mismos realicen acciones el día 19 de octubre (fecha de la quinta marcha por la salud mental que se realizará en Córdoba) que visibilicen, mediante movilizaciones, charlas públicas, etc. el día de la salud mental con el lema “LA SALUD MENTAL ESTA EN LAS CALLES”.
Otros temas emergentes:
1-Revisión de documentos presentados por la Dirección Nacional de Salud Mental al Consejo Consultivo:
Adecuación y sustitución de las Instituciones Monovalentes hacia redes integradas de salud mental con base en la comunidad, septiembre de 2018;
Proyecto de Incubadoras de dispositivos sociolaborales
Abordaje de las Problemáticas de Salud Mental infanto-juveniles (No elaborado por la Dirección);
Con relación al documento “Proyecto “Incubadora de dispositivos sociolaborales”, revisado en Comisión de Salud Mental de FePRA, se considera que si bien plantea enunciados con los cuales esta comisión acuerda, tales como la necesidad de fortalecer procesos de inclusión laboral, la vinculación entre la salud y el mundo del trabajo, etc., en términos de proyecto menciona un conjunto de actividades sobre la base de que la incubadora es un equipo de trabajo “que acompañe y acelere el crecimiento de los proyectos emprendedores”, las cuales, por no presentarse en un tiempo concreto, en una secuencia de trabajo, con un presupuesto asignado, vuelve a quedar en un enunciado, no pudiendo entrever otras acciones que aquellas nuevamente expresadas al final del documento a modo de listado, pero no organizadas en un marco operativo concreto.
Con relación al documento Abordaje de las Problemáticas de Salud Mental infanto-juveniles, la Comisión es notificada por parte de la Comisión Directiva de la asociación civil fórum infancias, la cual aclara que el documento es de su autoria, pero no elaborada en forma conjunta con la dirección nacional de salud mental en primera instancia.
2-Redacción de comunicado ante el desmantelamiento del Estado, situaciones de despido y crisis actual, el cual se aprueba en comisión y se reproduce a continuación:
La Comisión de Salud Mental de la Federación de Psicólogos de la República Argentina (FePRA), EXPRESA SU RECHAZO a las medidas tomadas por la actual gestión de gobierno nacional, en particular las referidas a la reestructuración del Estado y la disminución de rango del Ministerio de Salud de la Nación al rango de Secretaría por cuanto considera que esta medida:
-Atenta contra los logros obtenidos en términos históricos en lo que refiere a la presencia del Estado y su capacidad de rectoría para el establecimiento de Políticas, Planes, Programas y Proyectos que garanticen el derecho a la Salud de la Población;
-Abre las puertas, en términos de “reordenamiento estratégico” a recortes presupuestarios, con los impactos negativos que esto acarrea en un contexto de precarización, perdida de fuentes de trabajo y capacidad adquisitiva de la población;
-En el caso de la Salud Mental, como parte del campo de la Salud, vemos con gravedad la falta de avance en la implementación de la Ley Nacional de Salud Mental, número 26.657, y consideramos que el reordenamiento actual, las pérdidas de puestos de trabajo, el desmantelamiento de equipos territoriales de salud mental, entre otros eventos de público conocimiento, no harán sino seguir agravando esta falta de implementación, e incluso producirán mayores retrocesos;
Finalmente, consideramos que una reestructuración de estas características, no puede ser considerada como parte de un paquete de “medidas de urgencia”.
Fecha prevista próximo encuentro:
Viernes 7 de diciembre.